Absolución en Ushuaia por cargos penales

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur absolvió a un hombre de 32 años acusado de abuso sexual con acceso carnal y amenazas coactivas contra su expareja; la lectura de los fundamentos se programó para el 8 de septiembre a las 19 horas.

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Absolución en Ushuaia por cargos penales
Imagen: STJ.

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur resolvió absolver a un hombre de 32 años que había sido llevado a debate por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y amenazas coactivas contra su expareja. El proceso penal se desarrolló mediante un juicio oral y no público, conforme a la normativa que regula las causas con víctimas en situaciones de violencia de género e intrafamiliar.

El acusado llegó a la instancia de juicio tras la presentación de la denuncia y la instrucción previa; la causa incluyó medidas probatorias y la intervención de las partes y del Ministerio Público Fiscal en el desarrollo del debate. Durante la etapa testimonial del juicio, prestó declaración la denunciante, que es la expareja del imputado y madre de un hijo en común. Según consta en el expediente, las manifestaciones de la denunciante fueron recepcionadas en el marco del debate y formaron parte del material probatorio valorado por los magistrados.

El carácter reservado del juicio implicó que las declaraciones y la acreditación de pruebas se realizaran con las cautelas procesales previstas para resguardar la intimidad y la integridad de la víctima y de las partes involucradas en la causa. Al momento de la indagatoria y en sede de debate el imputado negó haber realizado el abuso sexual que se le atribuyó; sin embargo, admitió que mantuvo encuentros y relaciones sexuales con la denunciante.

Esa admisión parcial, consignada en el expediente, fue uno de los elementos tenidos en cuenta durante la valoración probatoria que el tribunal debió realizar. La defensa y la representación del Ministerio Público Fiscal presentaron argumentos contradictorios respecto de la valoración de dicha conducta y su encuadre jurídico, generando la necesidad de que los jueces ponderaran prueba testimonial y documental antes de adoptar una decisión.

En la etapa de alegatos formales, la Fiscal Especializada en Violencia de Género e Intrafamiliar y Asistencia a las Víctimas, María Paula Schapochnik, solicitó una pena de ocho años de prisión, en función de la calificación legal que propuso para los hechos y de la valoración que el Ministerio Público realizó de las pruebas. En contrapunto, la Defensora Oficial, María Florencia Arnst, solicitó la absolución del imputado, con argumentos orientados a cuestionar la suficiencia y la consistencia de la prueba para sostener la convicción penal requerida por la ley.

Esos planteos de cierre fueron expuestos ante el tribunal para que resolviera conforme a su apreciación normativa y fáctica. Antes de conocerse el veredicto, el imputado optó por no hacer uso de su derecho a pronunciar las últimas palabras, decisión que quedó registrada en el acta del debate.

Posteriormente, el tribunal integrado por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Lucas Berber, este último actuando en calidad de subrogante, deliberó y resolvió absolver al acusado de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y amenazas coactivas que le habían sido imputados en la causa. La resolución de absolución fue adoptada por el órgano jurisdiccional luego de la evaluación de la totalidad de la prueba y de los argumentos presentados por las partes.

Las razones que sustentan la decisión adoptada por el tribunal serán expuestas en los fundamentos de la sentencia, cuya lectura quedó fijada para el 8 de septiembre a las 19 horas. Ese acto público de lectura de fundamentos permitirá conocer en detalle la valoración probatoria, las consideraciones jurídicas y los criterios de convicción que llevaron a la absolución.

La fijación de fecha y hora para la comunicación de los fundamentos también permitirá a las partes y a los interesados acceder formalmente al texto integral de la resolución y conocer las consecuencias procesales y legales que derivan del pronunciamiento judicial.

Fuente: STJ