Condena por abuso sexual en Ushuaia
El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur condenó a siete años de prisión a un hombre de 35 años por abuso sexual contra un adolescente ocurrido entre abril de 2020 y marzo de 2021; la sentencia coincide con el pedido fiscal y la lectura de fundamentos

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur dictó este miércoles una condena de siete años de prisión contra un hombre de 35 años, tras encontrarlo penalmente responsable del delito de estupro agravado por su calidad de guardador de la víctima, conforme al artículo 120 del Código Penal. El fallo se pronunció en el marco de un proceso llevado adelante con las formalidades de un juicio oral y público restringido.
La pena impuesta por los magistrados fue la misma solicitada por la Fiscalía durante los alegatos, y se fundamentó en la valoración de la prueba producida en el debate. La acusación sostuvo que el abuso se produjo en un lapso que abarcó desde abril de 2020 hasta marzo de 2021, período en el que la víctima tenía entre trece y catorce años de edad. Durante esa franja temporal el imputado habría ejercido la condición de guardador, circunstancia que agravó la tipificación penal del hecho.
En ese contexto, la Fiscalía Especializada en Violencia de Género e Intrafamiliar y Asistencia a las Víctimas intervino en la investigación y representó la acusación pública en el juicio, solicitando la pena que finalmente fue impuesta por el Tribunal. En el desarrollo del debate oral, que se llevó a cabo con acceso público restringido por la naturaleza del hecho y la edad de la víctima, el imputado se abstuvo de prestar declaración indagatoria.
La Fiscalía presentó pruebas y testimonios que incluyeron la declaración de la víctima y la del padre, según consta en el desarrollo del proceso. La producción probatoria y el análisis de las circunstancias de tiempo, modo y lugar condujeron al Tribunal a establecer la responsabilidad penal del condenado, en correspondencia con la calificación legal aplicada por la Fiscalía.
La defensa técnica del imputado articuló una estrategia procesal que incluyó el planteo de nulidad de todo lo actuado desde el inicio de la causa, atribuyendo a actuaciones policiales vicios que, a su juicio, comprometían la validez de la prueba. Además solicitó la absolución de su defendido en atención a esos planteos y a la versión de los hechos presentada en el juicio.
No obstante, la postura defensiva no logró revertir la valoración realizada por los jueces, quienes, tras valorar la prueba incorporada, adoptaron la misma solución penal que había sido requerida por la representación fiscal. El Tribunal estuvo integrado por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Lucas Berber, este último en carácter de subrogante. La causa contó, por parte del Ministerio Público Fiscal, con la intervención de la Fiscal Especializada en Violencia de Género e Intrafamiliar y Asistencia a las Víctimas, María Paula Schapochnik. La defensa estuvo a cargo del abogado Fabio De Mayolas.
El procedimiento siguió las formalidades previstas para casos de delitos sexuales contra menores y se llevó a cabo con las medidas de protección y reserva necesarias para garantizar la integridad y los derechos de la víctima. La lectura de los fundamentos de la sentencia fue fijada para el 26 de agosto, fecha en la que el Tribunal expondrá con detalle las consideraciones jurídicas y fácticas que sustentan la condena. Esa audiencia tendrá por objeto explicar la valoración de la prueba, la aplicación de la normativa correspondiente y la motivación de la pena impuesta.
Los alcances de la resolución, su eventual recurso y las implicancias procesales se conocerán una vez que los jueces pronuncien los fundamentos, conforme al trámite previsto por el ordenamiento procesal penal.
